Condiciones de crédito

CONDICIONES DE OTORGAMIENTO MITSUI AUTO FINANCE CHILE LIMITADA (MAF)

Condiciones Generales de MAF

Los solicitantes de crédito automotriz y contratos de leasing deberán acreditar el cumplimiento de las siguientes condiciones, de acuerdo con el producto y plan elegido:

 

Crédito Automotriz Toyota

 

PlanTradicionalRenueveTaxiHilux 50/50
Dependiente (Edad)23 a 76 años23 a 76 años
25 a 76 años
30 a 76 años
Independiente (Edad)25 a 76 años25 a 76 años
Renta mínima
$450.000 Dependiente
$560.000 Independiente y Jurídico
$670.000 Pensionado
$450.000 Dependiente
$560.000 Independiente y Jurídico
$670.000 Pensionado
Renta Presunta $1.170.000
Dependientes $1.200.000
Independientes $1.500.000
Tipo de contratoContrato Indefinido (Dependiente)Contrato Indefinido (Dependiente)No AplicaContrato Indefinido (Dependiente)
Antiguedad laboralDependiente: mínimo 6 Meses
Independiente: mínimo 12 meses.
Dependiente: mínimo 6 Meses
Independiente: mínimo 12 meses.
Sin antigüedad pero con cupo MTTDependiente: mínimo 6 Meses
Independiente: mínimo 12 meses.
PieDesde un 20%

Desde un 20%
Pie máximo Renueve Flex 50%

20% con 2 años Antigüedad.
25% con 1 año de Antigüedad.
30% Sin Antigüedad pero con cupo MTT
Mínimo 50%
Plazo Mínimo12 meses24 meses12 meses12 meses
Plazo MáximoDependientes 60 meses
Independientes 48 meses
48 meses48 meses12 meses
Monto a FinanciarDesde $1.000.000Desde $1.000.000Desde $1.000.000Desde $1.000.000

 

Crédito Autos Nuevos Otras Marcas

 

PlanTradicionalRenueveTaxi
Dependiente (Edad)23 a 76 años23 a 76 años
25 a 76 años
Independiente (Edad)25 a 76 años25 a 76 años
Tipo de personaPersona Natural dependiente, Natural Independientes y JurídicosPersona Natural dependiente, Natural Independientes y JurídicosNatural Independientes con giro Taxi
Renta mínimaMínimo $600.000Mínimo $600.000Renta Presunta $1.170.000 por vehículo
Tipo de contratoIdefinido (Dependiente)Idefinido (Dependiente)No Aplica
Antiguedad laboralDependiente: mínimo 6 Meses
Independiente: mínimo 12 meses.
Persona Jurídica: Desde 24 meses
Dependiente: mínimo 6 Meses
Independiente: mínimo 12 meses.
Persona Jurídica: Desde 24 meses
Sin antigüedad pero con cupo MTT
PieDesde 20%Desde 20%20% con 2 años Antigüedad. 25% con 1 año de Antigüedad.
30% Sin Antigüedad pero con cupo MTT
Plazo Mínimo12 meses24 meses24 meses
Plazo Máximo48 meses48 meses48 meses
Monto a Financiar$1.000.000 a $25.000.000$1.000.000 a $25.000.000$1.000.000 a $25.000.000

 

Crédito Automotriz Seminuevo

 

PlanTradicionalRenueve
Dependiente (Edad)23 a 76 años23 a 76 años
Independiente (Edad)25 a 76 años25 a 76 años
Renta mínimaDesde $800.000Desde $800.000
Tipo de contratoIndefinido (Dependiente)Indefinido (Dependiente)
Antiguedad laboralDependiente: mínimo 6 Meses
Independiente: mínimo 12 meses.
Dependiente: mínimo 6 Meses
Independiente: mínimo 12 meses.
PieDesde 20%Desde 20%
Plazo Mínimo24 meses24 meses
Plazo Máximo48 meses36 meses
Monto a Financiar$1.000.000 a $20.000.000$1.000.000 a $20.000.000

 

Camiones

 

PlanTradicional.
Edad mínima25 Años
Edad máxima76 años y 364 días
Renta mínimaDesde $1.500.000
Tipo de contratoNo Aplica
Antiguedad laboral2 Años
Acreditada sólo con CAV de vehículo que renueva
Pie25% para concesionario Cecor 
30% para el resto
Plazo Mínimo12 meses
Plazo Máximo48 meses
Monto a FinanciarDesde $1.000.000
AntigüedadSolo Nuevos
MarcasHino, Hyundai, Volkswagen, Maxus, Chevrolet, Foton
Toneladas10 Toneladas

 

Además debe cumplir:

 

  • Nacionalidad: Chilena y extranjeros con y sin residencia definitiva

  • Requisitos de comportamiento: 

    • Financiamientos vigentes al día. 

    • No estar sujeto a obligación de retención legal sobre el monto del crédito que genere un impedimento para el pago total del precio del vehículo financiado a ser pagado al vendedor del mismo y/o que no se permita por disposición legal la inscripción de la compraventa del vehículo a nombre del solicitante del crédito. 

  • Presentación de garantías en los siguientes casos: Prenda Vehículo Financiado. 

  • Domicilio: Se excluyen clientes sin cobertura de Verificación de Domicilio.

 

Condiciones Adicionales

MAF comprobará que el solicitante no se encuentre en ninguna de las siguientes circunstancias: 

 

  • Endeudamiento o excesiva carga financiera de acuerdo con lo indicado por ejecutivo o al monto solicitado del crédito conforme a la renta del cliente de acuerdo a la política de riesgo de MAF.

  • Insuficiencia de garantías en relación con el monto de la deuda. 

  • Existencia de procedimientos judiciales o administrativos en curso o pendientes en contra del solicitante, su representante legal, accionistas, dueños  y/o su grupo societario, ya sea con MAF o con terceros, que pongan en riesgo el cumplimiento de la obligación que se pretende contratar y/o cuya ejecución se pueda producir mientras se encuentre pendiente la obligación.

  • Antecedentes financieros, societarios, inmobiliarios, profesionales o laborales insuficientes, incompletos, inexactos, inconsistentes, desactualizados o entregados extemporáneamente, que impiden determinar el nivel de riesgo comercial a través de la respectiva evaluación. Se incluye la presentación de información fuera de plazo como, por ejemplo, Formularios 22 y 29 del SII o la presentación de antecedentes que muestren pérdidas durante algún período tributario. (Requisito formal e independiente del nivel de ingreso, utilidades, inversiones, experiencia y/o situación financiera del solicitante). 

  • Riesgos de administración que evidencien un peligro para el correcto y oportuno cumplimiento de las obligaciones derivadas del crédito solicitado. 

  • Morosidades o protestos informados y que se encuentren vigentes en conformidad a la Ley N°19.628

  • Mal comportamiento de pago con MAF determinado por incumplimientos previos de cualquier tipo de obligación contraída con MAF, sus filiales o relacionadas. 

  • Verificación de un conflicto de interés. Se incluye financiamiento de Funcionarios MAF, Concesionarios, Clientes recomendados por Concesionarios, Funcionarios de Concesionarios, entre otros. 

  • Promoción u oferta vencida.

  • Variaciones negativas y relevantes en los antecedentes entregados por el Consumidor para el otorgamiento del Crédito de Consumo o en las condiciones de los mercados nacionales o internacionales de deuda, bancario o de capitales que se produzcan con posterioridad a la Cotización efectuada por el Proveedor.

  • Impedimento de poder pagar el saldo total del vehículo financiado al respectivo concesionario o vendedor, según corresponda, en virtud de que MAF Chile se encuentre obligado a retener todo o parte del monto líquido del crédito para el financiamiento del vehículo que requiera el cliente titular del crédito. 

  • Existencia de una prohibición legal para poder inscribir el dominio o transferencia del vehículo financiado a favor del cliente titular del crédito o eventual tercero dueño del vehículo en el caso de la modalidad “compra para”. 

  • Existencia de una prohibición legal para poder inscribir el dominio o transferencia del vehículo por presentar el vendedor persona natural del vehículo elegido por el cliente un impedimento legal para completar el proceso de registro.

CONCEPTOS HOJA RESUMEN

Gastos o Cargos Propios del Crédito: Todas aquellas obligaciones en dinero, cualquiera sea su naturaleza o denominación, derivadas de la contratación de un Crédito de Consumo y devengadas a favor del proveedor o de un tercero, que no corresponden a tasa de interés ni a capital y que deban pagarse por el consumidor. Tendrán este carácter los impuestos y gastos notariales, además de los que sean definidos como tales por una disposición legal o reglamentaria.

Gastos o Cargos por Productos o Servicios Voluntariamente Contratados: Todas aquellas obligaciones en dinero, cualquiera sea su naturaleza o denominación por productos o servicios proporcionados por el proveedor o por un tercero, respecto de las cuales el consumidor puede prescindir al contratar un crédito de consumo. Tendrá este carácter la póliza de seguro, individual o colectiva, cuyo objeto asegurado es saldo insoluto del Crédito de Consumo, si el consumidor los puedecontratar libremente en cualquier entidad que la comercialice en los términos previstos en el artículo 8º de la Ley Nº20.448.

Valor en la cuota: El monto que se obliga a pagar un consumidor al contratar un Crédito de consumo en forma periódica, que considera todos los intereses, amortizaciones, gastos o cargos propios del crédito y gastos o cargos del producto o servicios voluntariamente contratados.

Valor de la cuota básica de referencia: El monto que se obliga a pagar a un consumidor al contratar un crédito de consumo en forma periódica, que considera sólo los intereses, amortizaciones y gastos o cargos propios del crédito.

Monto Líquido del Crédito: El monto total que efectivamente recibe el consumidor para satisfacer el objeto del contrato en el periodo inicial.

Monto Bruto del Crédito: El monto líquido del crédito más los gastos o cargos propios del crédito y gastos o cargos por productos o servicios voluntariamente contratados que se efectúan en el periodo inicial.

Costo Total del Crédito: El monto total que debe asumir el consumidor, y que corresponde a la suma de todos los pagos periódicos definidos como valor de la cuota en función del plazo acordado.

Plazo del Crédito: El periodo establecido en el contrato para el pago total del Crédito de Consumo.

Número de cuotas: La cantidad de pagos periódicos determinados en el contrato para extinguir el crédito. Si se han adicionado gastos de cobranza, el detalle por mora o atraso deberá explicitar claramente la suma de dinero adeudada o debitada por este concepto.

Carga Anual Equivalente o “CAE”: El indicador que, expresando en forma de porcentaje revela el costo de un crédito en un periodo anual, cualquiera sea el plazo pactado para el pago de la obligación. La Carga Anual Equivalente incluye el capital, tasa de interés, el plazo del Crédito de Consumo, todos los gastos o cargos propios del crédito y los gastos o cargos por productos o servicios voluntariamente contratados, si los hubiere. La CAE corresponde a la tasa que iguala el valor presente de los montos por pagar con el valor presente del capital del crédito recibido por el consumidor o monto adecuado por el crédito de consumo contratado.

Tasa de Interés Anualizada: Tasa de interés anual de un crédito de consumo, calculada en frecuencia anualizada. Ésta no incluye ningún tipo de gastos o cargos propios del crédito ni gastos o cargos por productos o servicios voluntariamente contratados.

Interés Moratorio: La tasa de interés que se aplica por no pagar una obligación en la fecha estipulada. Se refiere a la tasa de interés en frecuencia anualizada.

Gastos de Cobranza: El monto correspondiente al costo de la cobranza extra judicial de una obligación vencida y no pagada en la fecha establecida en el contrato, traspasado por el Proveedor al Consumidor, y que sólo se puede cobrar si han transcurrido 20 días corridos desde el atraso, según lo impuesto en el artículo 37 de la Ley de Protección del Consumidor.

Comisión por Pago Anticipado o Prepago: El valor extraordinario que asume el consumidor al pagar en forma anticipada el Crédito de Consumo, sea en forma total o parcial, esto es, antes del plazo establecido para ello. Este cargo se rige por El Artículo 10 de la Ley Nº 18.010.

Producto o Servicio Asociado: Nombre propio que caracteriza a un producto o servicio financiero que se ofrece en forma conjunta o asociada a un crédito de consumo.

Costo Periódico del Producto o Servicio Asociado: El monto que el consumidor se obliga a pagar periódicamente por el producto o servicio asociado que se ha contratado en forma conjunta o asociadaa un crédito de consumo.

Costo Total del Producto o Servicio Asociado: La suma de todos los montos que el consumidor se obliga a pagar por el producto o servicio asociado que se ha contratado en forma conjunta o asociada a un crédito de consumo, que deberá informarse al consumidor mientras no se extingan todas las obligaciones contraídas.

Costo Total del Producto o Servicio Asociado: El detalle o especificación de las cualidades, beneficios y elementos relevantes e inherentes del producto y/o servicio asociado que se contrata en forma conjunta o asociada a un crédito de consumo. 

En los contratos de seguros serán características esenciales del producto o servicio asociado, las siguientes: tipo de riesgo cubierto; código de póliza correspondiente al depósito que lleva a la superintendencia de valores y seguros conforme a lo dispuesto en la letra E) del artículo 3º del decreto con fuerza de Ley Nº 251, de 1931; y número de póliza si se trata de un contrato de seguro colectivo.

Precio Total Pagado por Producto o Servicio Contratado: El monto total que el consumidor ha pagado por servicios o productos financieros contratados, por concepto de gastos o cargos propios del crédito y de gastos o cargos por productos o servicios voluntariamente contratados si los hubiere, a una fecha determinada.